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El Municipio de Curuzú dio a conocer sus primeras medidas respecto al estado de aislamiento


El gobierno municipal de Curuzú Cuatiá, dispuso una serie de medidas en el marco de la declaración del aislamiento social, preventivo y obligatorio del gobierno nacional, y demás normativas vigentes.

Normativa para locales comerciales
 
En este sentido, y a través de sendas resoluciones, el Jefe Comunal José Irigoyen resolvió, a través de la Resolución N° 139, en su Artículo 1° establece que todos los locales comerciales habilitados en esta cuarentena, podrán permanecer abiertos hasta las 21 horas, con la única excepción de las farmacias de turno.
 
Por otra parte, esta normativa también establece en su Artículo 2° que todos los locales comerciales habilitados en el marco de esta cuarentena, deberán respetar el protocolo de atención al público y cumplir con las medidas preventivas establecidas.
 
Además según reza el Artículo 3°,  se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas, en cualquier comercio, a partir de las 18 horas.

Protocolo de Velación
 
Asimismo, en otra Resolución, la N° 140, en su Artículo 1°, el Intendente resuelve establecer el protocolo de velación que deberá adoptarse por todas aquellas casas velatorias y servicios de sepelios, a partir del día de la fecha y hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive, a saber: a) Los velatorios en salas cerradas de personas fallecidas por causas ajenas a la enfermedad de coronavirus (COVID-19) se deberán realizar con la presencia de no más de dos familiares. El resto de las personas que acompañen deberán permanecer al aire libre, manteniendo la distancia prudencial, situación que podrá ser constatada por la Dirección de Calidad Ambiental y Bromatología y/o Dirección de Salud de este DEM; b) Los velatorios de personas fallecidas por causa de la enfermedad del coronavirus (COVID-19) no se efectuarán. En este caso, se deberá prestar el servicio bajo la modalidad de "conducción directa", debiendo colocar el cuerpo en caja interior metálica herméticamente sellada.
 
Esta medida, en su Artículo 2° señala que en caso de no cumplir las casas velatorias y los servicios de sepelio con lo aquí dispuesto, serán pasibles de las consecuencias legales que correspondan y en su Artículo 3° se solicita reducir el tiempo de velación, siendo éste de cinco horas como máximo.

Personal Municipal realizará tareas de emergencia
 
Otra de las medidas adoptadas por el Ejecutivo Municipal en el marco del aislamiento dictaminado por el Gobierno Nacional, se encuentran en el marco de la Resolución N° 141, que resuelve en su Artículo 1° afectar a todo el personal municipal, los días hábiles, inhábiles o feriados, ya sea planta permanente, contratado y/o jornalizado, a realizar las tareas de emergencia que cada área lo requiera, mientras permanezca la Declaración de "aislamiento social, preventivo y obligatorio". En caso de resultar necesario, se faculta a la Dirección de Personal a comunicar las reasignaciones requeridas a tal fin.
 
Esta Resolución (141), en su Artículo 2° autoriza a la Dirección de Personal a extender las constancias al personal municipal convocado, a fin de que circule dentro de la ciudad, la que deberá contener sus datos personales y la leyenda "Personal afectado al cumplimiento del Decreto 297/2020".
 

Esta última resolución es dictada "ad referendum" del Honorable Concejo Deliberante, y junto a las otras más arriba detalladas, fueron firmadas por el intendente municipal José Irigoyen y el secretario de Gobierno Juan Ángel López.