DESARROLLOS INMOBILIARIOS
El Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA) recomendó a los posibles compradores de predios en conjuntos inmobiliarios, barrios privados, clubes de campos y/o loteos en zona urbana o suburbana, que deberán solicitar al vendedor el uso de suelo aprobado por la municipalidad que corresponda.
Dicha aprobación municipal está dada en función de las atribuciones que les confiere el artÃculo 225 de la Constitución Provincial y por ello las ordenanzas y reglamentaciones debe establecer claramente todo lo referente a uso de suelo y urbanización; en sÃntesis ordenamiento territorial municipal.
Dicha recomendación está estrechamente relacionada con el reciente comunicado de la Dirección de EnergÃa de Corrientes (DPEC) que advierte "a quienes quieran adquirir lotes o a quienes ya lo adquirieron, que tomen los recaudos necesarios para informarse que su lote o barrio privado cuenten con la infraestructura eléctrica adecuada y aprobada por la DPEC".
De acuerdo con lo indicado por la empresa "se han incrementado los emprendimientos de loteos y barrios privados en zonas que no cuentan con la infraestructura eléctrica suficiente o necesaria para suministrar energÃa con la calidad adecuada y que muchas veces ni siquiera cuentan con proyectos urbanÃsticos que lo contemplen en un futuro cercano".
Otros requisitos
De acuerdo con la ubicación actual o futura del emprendimiento inmobiliario, algunas ordenanzas establecen la mensura aprobada por todos los organismos de control en la que conste la división, parcela, lote, etc., asà como los lÃmites y superficie detallados del inmueble que se adquiere.
En algunas ocasiones, cuando tenga como lÃmite un curso de agua, dicho plano deberá estar visado por el ICAA con delimitación de la LÃnea de Ribera.
También algunos municipios exigen el certificado de no inundabilidad y la aptitud ambiental, ya sea aprobado por el municipio que corresponda o en algunos casos esta establecido que sea ICAA.
De ser el ICAA la autoridad para aprobar todo lo referente al Código de Aguas y Ley de Impacto Ambiental en inmuebles para desarrollos inmobiliarios, barrios cerrados o loteos abiertos, el interesado debe presentar el Aviso de Proyecto (antes de realizar cualquier tipo de obra) para evaluar el Nivel de Complejidad Ambiental (NCA).
Otro comprobante que solicitan las ordenanzas es el certificado de no afectación a Bosques Nativos, emitidos por la Dirección de Recursos Forestales del Ministerio de Producción.