El Superior Tribunal de Justicia ratificó la pena de ocho años de prisión para un hombre que abusó de una joven después de compartir la noche en un local bailable. El hecho ocurrió en el año 2019 cuando el condenado llevó a la víctima en su camioneta hasta una estación de servicio donde la inmovilizó y la accedió sexualmente pese a su resistencia.
El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes rechazó el recurso de casación de la defensa y dejó firme la pena de ocho años de prisión impuesta a un hombre condenado por abuso sexual con acceso carnal en la ciudad de Esquina.
Los argumentos del doctor Chain
Al analizar el recurso, el ministro del STJ, doctor Alejandro Alberto Chain subrayó que la sentencia de condena se basó en pruebas válidas y debidamente incorporadas al proceso. Recordó que en este tipo de delitos la declaración de la víctima puede ser suficiente para sustentar un fallo condenatorio, siempre que resulte coherente y encuentre respaldo en otros elementos periféricos.
“Nada impide que un pronunciamiento condenatorio se sustente sólo en la declaración testimonial de la víctima siempre que sea objeto de riguroso análisis y se expongan los aspectos que le asignan credibilidad; tal lo ocurrido en autos conforme se desprende de la lectura de la Sentencia”, sostuvo el doctor Chain en su voto.
El magistrado destacó además que el testimonio de la víctima estuvo corroborado por el examen médico, el informe psicológico y las declaraciones de los empleados de la estación de servicio que la asistieron esa madrugada, lo que fortaleció la consistencia del relato.
Los votos de los ministros
El voto del doctor Chain fue acompañado por los ministros Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez (presidente) y Fernando Augusto Niz, quienes adhirieron a sus fundamentos.
Por su parte, el doctor Eduardo Gilberto Panseri aclaró que no compartía el orden de votación establecido, con fundamento en la Resolución Administrativa Nº 54/25, pero coincidió en la solución final del caso.
Finalmente, el Superior Tribunal dictó la Sentencia Nº 200, resolviendo: “Rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa, confirmándose la condena impuesta a Francisco Iván Cirimele en la Sentencia Nº 47/23”.
Los hechos acreditados
La agresión ocurrió el 6 de abril de 2019, luego de que la víctima saliera de un boliche de la ciudad de Esquina junto a un grupo de amigos, entre ellos el acusado.
Tras acompañar a algunos conocidos en la camioneta del hombre, la joven pidió volver al puerto, pero el imputado desvió el camino hacia una estación de servicio. Allí, la obligó a permanecer en el vehículo, la inmovilizó y la accedió sexualmente a pesar de su negativa. La víctima logró escapar y pidió ayuda en la estación, desde donde se llamó a un remis y luego formuló la denuncia.
Según la sentencia el hombre conocía a la víctima, a través de una prima de ella. Esa noche ambos habían concurrido al boliche de Esquina junto a un grupo de amigos y conocidos, entre los que estaban su prima y otras personas.
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