El STJ resolvió parcialmente el reclamo de la Municipalidad de Esquina por la inclusión del circuito 34 —correspondiente al Municipio de Malvinas— en las elecciones locales del 26 de octubre. El Tribunal reconoció la autonomía del nuevo municipio y dispuso que sus electores queden eximidos de votar autoridades de Esquina, ordenando a la Junta Electoral Provincial emitir certificados que justifiquen esa omisión.
El STJ admitió parcialmente el recurso de la Municipalidad de Esquina y mantuvo la resolución de la Cámara de Apelaciones con alcance específico. Dispuso que los electores del circuito 34 —correspondiente al Municipio de Malvinas— queden eximidos de votar autoridades municipales de Esquina, y que la Junta Electoral emita certificados para justificar esa omisión.
La causa se tramitó bajo el expediente JEP 10006962/1, caratulado “Asesor Letrado de la Municipalidad de Esquina – Dr. Ángel Luis Ramírez s/ solicita exclusión del presupuesto de Esquina del circuito 34 e impugnación del electorado del Municipio de Malvinas”.
El planteo se originó cuando la Municipalidad de Esquina solicitó a la Junta Electoral Provincial la exclusión de los gastos correspondientes al circuito electoral 34 (Ex 4ta Sección Malvinas) del presupuesto de la elección municipal del 26 de octubre, y la impugnación de la eventual incorporación de esos electores.
La Junta rechazó el pedido mediante la resolución 08/25, sosteniendo que —hasta tanto no exista convocatoria a elecciones por parte del Municipio de Malvinas— los votantes del circuito 34 debían continuar integrando el padrón de Esquina.
La Cámara de Apelaciones con competencia Administrativa y Electoral confirmó esa decisión (res. 14/25), y el Municipio interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ante el Superior Tribunal de Justicia.
El voto del doctor Luis Eduardo Rey Vázquez
El presidente del STJ, doctor Luis Eduardo Rey Vázquez, sostuvo que la inclusión del circuito 34 en las elecciones de Esquina afecta la autonomía municipal y podría comprometer la legitimidad de las autoridades electas.
“Carece de todo sustento afirmar que la exclusión del circuito 34 de las elecciones municipales de Esquina importa el cercenamiento de los derechos políticos de los ciudadanos de Malvinas, por cuanto ningún ciudadano tiene el derecho ni el deber de participar en elecciones de otros municipios ajenos a la jurisdicción donde se domicilia”, expresó.
El ministro consideró que, si bien debe reconocerse la autonomía del nuevo Municipio de Malvinas, la falta de demarcación del circuito electoral impide una solución absoluta, por lo que resolvió admitir parcialmente el recurso: mantener las resoluciones previas con el alcance de eximir del voto municipal a los electores de Malvinas y ordenar que la Junta Electoral Provincial emita un certificado que funde esa omisión.
“Se admite la impugnación de la inclusión del padrón electoral de Malvinas por tratarse de un municipio autónomo, pero la falta de delimitación no puede afectar el derecho de los electores de Esquina domiciliados en el circuito 34”, señaló Rey Vázquez.
El voto del doctor Eduardo Panseri
El ministro Panseri comenzó su intervención señalando que “no comparte el orden de votación con fundamento en la Resolución Administrativa N° 54/25”. Luego, adhirió a la relatoría y a la solución propuesta por el presidente Rey Vázquez, aunque realizó consideraciones propias sobre la falta de convocatoria a elecciones en el Municipio de Malvinas.
“La dilación en la convocatoria a elecciones municipales de Malvinas neutraliza el derecho del sufragio y vulnera el principio de igualdad cívica”, sostuvo.
Panseri calificó la situación como un “ejemplo paradigmático de omisión estatal que vulnera los principios democráticos y republicanos”, y exhortó a los poderes públicos a garantizar que los nuevos municipios elijan a sus autoridades en un plazo razonable.
El voto del doctor Alejandro Alberto Chain
El ministro Alejandro Alberto Chain adhirió al voto del presidente Luis Eduardo Rey Vázquez, manifestando su coincidencia plena con los fundamentos expuestos.
“Adhiero al voto del Doctor Luis Eduardo Rey Vázquez, por compartir sus fundamentos.”
El voto del doctor Guillermo Horacio Semhan
El ministro Guillermo Horacio Semhan también se pronunció en igual sentido, acompañando los argumentos del voto principal.
“Adhiero al voto del Doctor Luis Eduardo Rey Vázquez, por compartir sus fundamentos.”
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